La Asociación de Víctimas de la Talidomida (Avite) ha interpuesto una reclamación patrimonial administrativa contra el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, reclamación que es paso previo exigido por la ley para demandar al Estado y en la que se solicitan indemnizaciones para sus socios afectados por la talidomida por un importe global de 390.540.000 euros.
Avite sostiene que "tras mucho tiempo de frustrantes intentos de conseguir que se cumpla la ley, las víctimas españolas de la talidomida no han tenido más remedio que emprender esta vía ante la inacción del Gobierno".
La asociación precisa que "a pesar de que el procedimiento para el reconocimiento de afectados parte del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en su reunión celebrada el día 8 de noviembre de 2017, hace 14 meses, no existe a día de hoy ni un solo afectado reconocido oficialmente. Actualmente ni siquiera se ha liberado a los siete componentes del Comité Científico Técnico de sus obligaciones asistenciales en la medicina pública para realizar su trabajo".
También destaca que "a pesar de que desde julio de 2018 hay una ley aprobada, la 6/2018, que exige que los afectados perciban sus ayudas, nadie ha cobrado nada hasta la fecha, ni se ha aprobado el instrumento normativo que establezca el procedimiento de pago".
Asimismo, lamenta que aunque la proposición de ley de 26/11/16 "es muy clara en cuanto a encargar al Ejecutivo analizar las exenciones tributarias de las percepciones de los afectados, más de dos años después no existe nada al respecto".
Avite ha expresado en múltiples ocasiones a representantes del Gobierno que este punto "es crucial, no solo para conseguir el objetivo de las ayudas, que obviamente se perdería si con una mano se da a las víctimas lo que con la otra se les quita vía impuestos, sino que además sería intolerable el agravio comparativo con el resto de afectados del mundo y con los de otros males en nuestro país, como infectados por Vhc, Vih, accidentes de tráfico, negligencias médicas, terrorismo, etc., que sí gozan de exención fiscal".