Preguntas frecuentes

Mi empresa es una PYME, ¿podrían ofrecerme información sobre las ayudas a la contratación de personas con discapacidad?
Los contratos más interesantes desde el punto de vista de la ayuda a la contratación de personas con discapacidad son:
  • “La contratación INDEFINIDA a TIEMPO COMPLETO conlleva una bonificación de las cuotas de la Seguridad Social que pueden ir desde 4.500€/año a 6.300€/años en función de la gravedad de la discapacidad, edad y sexo del trabajador. Además el empresario recibirá una única subvención por contratar a un trabajador con discapacidad de 3.907€.

    Cuando el contrato sea a TIEMPO PARCIAL estas bonificaciones serán proporcionales a la jornada pactada. Proporción aplicada también sobre la subvención única por contrato.

    En el caso de contratación TEMPORAL a TIEMPO COMPLETO, la bonificación de las cuotas de la Seguridad Social van desde 3.500€/año a 4.700€/año en función de la gravedad de la discapacidad, edad y sexo del trabajador. Bonificaciones proporcionales en TIEMPO PARCIAL.

    Además para determinados contratos, la empresa percibirá una subvención de hasta 901,52€ para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección.

    Contrato en prácticas ( de 6 meses a 2 años): Pueden contratarse titulados reconocidos en la ley, siempre que no hayan transcurrido seis años desde la terminación de sus estudios. Se establece una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social del 50%.

  • Contrato para la formación: La duración no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años, salvo que por convenio colectivo de ámbito sectorial se fijen duraciones distintas, sin que en ningún caso se puedan superar los cuatro años. Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social del 50%.
  • Contrato de trabajo de interinidad para sustituir bajas por incapacidad temporal de trabajadores con discapacidad, durante el tiempo en que persista la situación: Se aplicará una bonificación del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
¿Qué deducciones fiscales tienen las empresas que crean empleo para las personas con discapacidad?
La ley contempla una deducción en la cuota íntegra del impuesto de sociedades, de 6.000 euros por persona/ año cuando se ha producido un incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad, contratados por tiempo indefinido, respecto a la plantilla media de trabajadores con discapacidad del ejercicio inmediatamente anterior con dicho tipo de contrato.
¿Cómo puedo acceder a los servicios de Inserta?

Llamando al teléfono 901 11 11 00 donde será atendido por el Centro Territorial Inserta correspondiente, o bien a través del correo de atención al clientefsc.atencion.cliente@fundaciononce.es.

¿Qué requisitos son necesarios para formar parte de la bolsa de empleo de Inserta?
Tener una discapacidad igual o superior a un 33%, edad laboral y estar en situación de desempleo.
¿Cómo puedo inscribirme en los cursos de formación ocupacional que imparte Inserta?
La formación ocupacional de Inserta se programa a partir de las necesidades detectadas por nuestros equipos de orientación. Cuando la persona interesada contacta con nosotros, planificamos conjuntamente su Plan Personal de Empleo, donde consensuamos las necesidades formativas que tiene el beneficiario de nuestro servicio y, una vez configurado un grupo para su realización, programamos la acción formativa.
Estoy interesado en realizar desde mi casa un curso de ofimática ¿Cómo puedo acceder a este tipo de modalidad formativa?
Poniéndose en contacto con el Centro Territorial correspondiente y solicitando información sobre el programa de Teleformación, a través del teléfono 901 11 11 00.
Mi puesto de trabajo ha dejado de ser accesible, a raíz de sufrir un accidente. ¿ A quién puedo dirigirme para resolver este problema?

El equipo de prevención de riesgos laborales de tu empresa deberá valorar las necesidades actuales de adaptación de tu puesto de trabajo (si necesitara ayuda puede dirigirse a Fundosa Accesibilidad para su asesoramiento, en el teléfono 91 121 30 00, y solicitar la subvención económica pertinente a la seguridad social, que asciende a 901,52€.

Por otra parte, la Fundación ONCE atienden aquellas solicitudes individuales destinadas a la adquisición de ayudas personales para las actividades de la vida diaria, básicamente prótesis auditivas, sillas de ruedas y coches adaptados. Para mayor información consultar con el Departamento de Atención Externa (dae@fundaciononce.es)

Soy discapacitado y quiero poner mi propio negocio. ¿En qué medida puede ayudarme Inserta?
Inserta ofrece a los emprendedores y emprendedoras con discapacidad formación y asistencia técnica para elaborar su plan de negocio y el análisis de viabilidad. En la delegación territorial te orientarán y te dirigirán al servicio adecuado.
¿Existen ayudas económicas para su financiación?
La ayuda económica que ofrece Fundación ONCE a proyectos de autoempleo para personas discapacitadas es de hasta 12.000,00 euros en concepto de subvención a fondo perdido. Dicha subvención estará cofinanciada por el Fondo Social Europeo.
¿Qué empresas están obligadas por ley a contratar personas con discapacidad?
Según la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a reservar, al menos, un 2% de los puestos de trabajo a personas con discapacidad.
Una Sociedad Anónima, ¿puede ser Centro Especial de Empleo?
Sí, siempre que cumpla los requisitos establecidos en el RD 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo.