El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi ) ha presentado a los distintos grupos parlamentarios un documento de propuestas de enmiendas en materia de empleo de las personas con discapacidad para su incorporación como medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
Así, ante la "desigualdad que tienen las personas con discapacidad en el mercado de trabajo en relación a la población en general, con una menor tasa de empleo y una mayor tasa de desempleo", una de las propuestas que plantea el Cermi es la mejora de la bonificación en las cuotas de la seguridad social para los trabajadores con discapacidad que se establezcan como autónomos.
"Proponemos mejorar esa bonificación, incrementándola del 50% al 75% en el caso de los hombres, y al 90% en el caso de las mujeres; aplicarla sobre la base de cotización que realmente se aplique y no sólo sobre la mínima; así como hacerla indefinida para equipararla a los contratos de trabajo indefinidos, suprimiendo también la obligatoriedad de que sea inicial", indica.
También el Cermi plantea resolver los problemas existentes en los Centros Especiales de Empleo (CEE) como consecuencia de la doctrina jurisprudencial en materia de subrogación laboral, ya que "cuando los CEE son adjudicatarios de contratos de servicio tienen muchos problemas, debido a que la nueva contrata debe subrogarse en los trabajadores de la anterior empresa adjudicataria".
Así, según explica el movimiento asociativo, "al CEE, tanto cuando deja de ser adjudicataria del servicio, como cuando pasa a serlo, se le plantean problemas jurídicos irresolubles". Por lo que, propone que "en el caso de personal con discapacidad procedente de un CEE que se subrogara en una empresa que no tenga aquella calificación, ésta última se podrá beneficiar en virtud del contrato de trabajo, en los términos establecidos en esta Ley para la contratación de personas con discapacidad".
Asimismo, para el Comité es necesario dar una solución cuando le es adjudicada una contrata a un CEE, debiendo asumir a los trabajadores sin discapacidad de la anterior contrata. "El problema se plantea cuando el número de dichos trabajadores subrogados de la anterior adjudicataria de la contrata, ocasiona el no respetar el porcentaje mínimo del 70% de personal con discapacidad para que el CEE conserve la calificación como tal", asegura.
En este sentido, el Cermi considera que la solución es "no computar el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social, así como el personal sin discapacidad que se haya incorporado al CEE, en virtud de subrogación laboral establecida en norma legal, reglamentaria o convencional".
En cuanto al incumplimiento de la obligación de cubrir la cuota de reserva de empleo de personas con discapacidad, el Cermi propone modificar la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social y tipificar este incumplimiento como "una infracción muy grave".
"Esto supondría que el incumplimiento de esta obligación también conlleve la pérdida automáticamente de las ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción y la exclusión del acceso a tales beneficios por un periodo máximo de un año", afirma el Cermi.
Por último, el Comité propone la equiparación legal de las personas con inteligencia límite a las personas con discapacidad a efectos de su inclusión laboral, ya que "estas personas no entran dentro de la consideración jurídica de persona con discapacidad, al no ser frecuente que alcancen un grado del 33% en la valoración y evaluación de la discapacidad que realizan los órganos competentes".
Así, se plantea modificar "la regulación sobre la consideración de personas con discapacidad, a efectos de que las personas con inteligencia límite, con independencia del grado concreto de discapacidad que tengan reconocido, puedan disfrutar de las medidas de acción positiva en el orden laboral y de acceso al empleo".
Fuente: Servimedia