El Cermi valora los aspectos sobre discapacidad incorporados en la Ley Ómnibus

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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi Abre nueva ventana), ha valorado los aspectos incorporados a la nueva ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (conocida como Ley Ómnibus), que afectan a las personas con discapacidad, por considerar que todos ellos son "beneficiosos para este sector y planteados con anterioridad por el Cermi".

Así, el Comité destacó la modificación que esta nueva ley impone a la Ley sobre Colegios Profesionales, según la cual, cada institución colegial debe contar con una "ventanilla única", a través de una página web, "mediante la cual los profesionales puedan realizar todos los trámites necesarios para la colegiación, su ejercicio y su baja en el Colegio". La nueva ley establece, además, que dicha ventanilla deberá "garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad".
 
El Cermi apuntó que en esta misma ley sobre Colegios Profesionales, se añade un artículo sobre igualdad de trato y no discriminación, que reconoce que "el acceso y ejercicio a profesiones colegiadas se regirá por el principio de igualdad de trato y no discriminación, en particular por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual".

Para el órgano representante de las personas con discapacidad, esta mención es "muy importante pues da respuesta a la transposición a nuestro Derecho, en este campo de las profesiones colegiadas, de la Directiva Europea sobre Igualdad de Trato en la Ocupación y el Empleo y había sido reivindicada por el Cermi".

Asimismo, el Cermi aplaudió la inclusión de un nuevo artículo en la Ley de Tráfico, que fija "como competencia del Ministerio del Interior, la garantía de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, especialmente en su calidad de conductores, en todos los ámbitos regulados".

Por otra parte, el Comité mostró su conformidad ante la modificación de la Ley del Medicamento que establece que desde ahora el Ministerio de Sanidad y Política Social debe verificar que los mensajes publicitarios de medicamentos emitidos en soporte audiovisual, cumplen las condiciones de accesibilidad establecidas en el Ordenamiento jurídico para la publicidad institucional.

 

 

Fuente: Servimedia