La cuota de reserva a favor de personas con discapacidad en los cuerpos del servicio de la Administración de Justicia ha pasado del 5% al 7%, gracias a la reforma parcial de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que este miércoles publicó el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Con esta medida se equipara la reserva que rige en los cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia con la general del resto de Administraciones, que fue elevada del 5 al 7% en el año 2011.
Según la nueva redacción dada al apartado 5 del artículo 482 de la LOPJ, "en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad (…), siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes en la forma que se determine reglamentariamente".
Este nuevo porcentaje del 7% se aplicará, cuando entre en vigor la reforma de la LOPJ, al personal de los Cuerpos de Médicos Forenses, de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Procesal, de Ayudantes de Laboratorio y de otro personal al servicio de la Administración de Justicia.
Esta medida es consecuencia de una propuesta de enmienda del Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi ) al proyecto de Ley de reforma de la LOPJ, asumida por el Ministerio de Justicia y los grupos parlamentarios e incorporada al texto aprobado finalmente por las Cortes.
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