El informe relativo a 2015 del Defensor del Pueblo evidencia que las decisiones sobre la escolarización de los niños con discapacidad en un tipo de centro educativo u otro se adoptan “con frecuencia” obviando la opinión de los padres a este respecto y que, en consecuencia, se incumple la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
“El examen de las quejas formuladas por alumnos con discapacidad o por sus padres o tutores y los resultados de su tramitación, han permitido contrastar que, con frecuencia, las decisiones de las administraciones educativas continúan produciéndose al margen de las prescripciones de la convención”, señala dicho informe, presentado este jueves por la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, en el Congreso y en el Senado.
El trabajo constata que, como hicieran ya sucesivos informes del Defensor, España debe todavía continuar con la tarea de la implantación del sistema de educación inclusiva, “que diversos instrumentos jurídicos internacionales definen como el más idóneo desde el punto de vista del respeto a los derechos educativos de los alumnos”.
Y señala a este respecto que el ‘Estudio temático sobre el derecho de las personas con discapacidad a la educación’, de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, concluye que las barreras más importantes a la participación de las personas con discapacidad en la vida escolar obedecen a prejuicios.
Estos prejuicios, explica, se dan en el sentido de que los alumnos con discapacidad no son capaces de aprender o no pueden hacerlo en las escuelas ordinarias, “ideas erróneas que conducen a una exclusión y segregación deliberadas”.
Por todo ello, la oficina que dirige Becerril indica que “la escolarización de estos alumnos debe por ello producirse, con carácter general, en los mismos centros que el resto de los alumnos y ser resultado del ejercicio del derecho a la libre elección de centro que la legislación educativa reconoce a los padres de los alumnos”.
Pese a ello, el informe reconoce que las quejas formuladas en el año 2015 ponen de manifiesto” la evolución, en estos casos positiva, que han experimentado las posiciones inicialmente mantenidas por distintas administraciones educativas que, a instancias de esta institución, modificaron decisiones sobre escolarización que obviaban las facultades que asisten a los padres de todos los alumnos en orden a la elección de centros docentes”.
INSUFICIENCIA DE PLAZAS
Ya en ámbitos más concretos de la educación, el documento alude a problemas de diversa índole relativos a la escolarización de alumnos con discapacidad, como los referidos a niños con trastornos del espectro del autismo (TEA).
En este punto, habla, por ejemplo, de “la insuficiencia del número de plazas destinadas específicamente a la atención educativa de alumnos con trastornos del espectro autista, o de niños que presentan otros trastornos generalizados del desarrollo (TGD)”, denunciada por padres de la Comunidad de Madrid.
Finalmente, el informe pone de manifiesto que el Defensor del Pueblo ha instado al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a que modifique la normativa básica de los procedimientos de admisión en la universidad a favor del alumnado afectado por discapacidad.
Lo que la oficina de Becerril pretende es que sea obligatoria la inclusión, en la convocatoria extraordinaria, de las plazas del cupo de reserva no cubiertas por personas con discapacidad en la convocatoria ordinaria de las universidades.
Servimedia