Extremadura reforma el decreto de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad

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El Ejecutivo extremeño Abre nueva ventana aprobó este viernes la modificación del decreto 138/2005, de 7 de junio, por el que se establecen las normas de procedimiento para la concesión de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo y empresas ordinarias.

El objetivo es adaptar ese texto a las previsiones contenidas en la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma (Ley 6/2011, de 23 de marzo) incorporando nuevos requisitos para acceder a las ayudas y posibilitar la convocatoria de las mismas.

En concreto, se hace necesario adecuar las cuestiones referidas a la atribución de competencias para la concesión de subvenciones; a la necesidad de indicar en las bases reguladoras la obligación de los beneficiarios de llevar una contabilidad separada; y a la obligación legal de realizar en, todo caso, convocatorias sucesivas a efectos de presentación de solicitudes, que no podrán exceder de un año, entre otras cuestiones.

También a la obligación de declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio oficial en supuesto de agotamiento del crédito presupuestario; a la publicación de las bases y convocatorias en el portal de subvenciones; el régimen de pago de la subvención; y finalmente, a la atribución al órgano que concede la subvención de la recaudación en vía voluntaria del reintegro de subvenciones, a cuyo efecto la resolución de reintegro habrá de contener la liquidación de intereses y el requerimiento de pago.

Por otra parte, también autorizó el gasto derivado de la orden por la que se convocan subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo durante los ejercicios de 2011 y 2012, por importe de 1.300.000 euros.

Por una parte, la orden contempla ayudas para la financiación parcial, hasta el 90 por ciento, de cualquier iniciativa o proyecto generador de empleo que suponga la creación de puestos de trabajo, preferentemente estables por cuenta ajena, para personas con discapacidad, a través de la creación de Centros Especiales de Empleo o de ampliación de la plantilla de los ya existentes.

Concretamente, se establecen tres modalidades de ayudas: para asistencia técnica; subvención parcial de intereses de préstamos; o subvenciones para inversión fija en proyectos de interés social.

Por otra parte, se incentivará también el mantenimiento de puestos para trabajadores con discapacidad en centros especiales de empleo, mediante la subvención de los costes salariales.

Como en el caso anterior, el procedimiento de concesión de las ayudas será el de concesión directa mediante convocatoria abierta, y el plazo de vigencia de la convocatoria abarcará desde el día siguiente a la publicación de la orden hasta el 30 de abril de 2012.

 

Servimedia