Ya están en vigor los dos reales decretos aprobados el pasado viernes por el Consejo de Ministros en los que se regulan los despidos colectivos, así como las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que efectúen despidos colectivos que afecten a trabajadores de 50 o más años.
Ello implica que las empresas con más de 100 trabajadores que lleven dos años en beneficios y despidan a empleados mayores de 50 años tendrán que compensar al Tesoro Público por el gasto que esto suponga en prestaciones por paro y subsidios por desempleo. El Tesoro devolverá a las empresas las cuantías aportadas que correspondan a los trabajadores despedidos que en el plazo de seis meses encuentren un nuevo empleo.
En cuanto al reglamento sobre los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, desarrolla los procedimientos que a partir de hoy deberán adoptar las empresas para efectuar despidos colectivos, suspensiones de contratos y reducciones de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o causa de fuerza mayor.
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